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«La teoría de Min Hee-jin sobre todas las cosas… escupir en su propia cara»: el equipo de Min Hee-jin rebate la responsabilidad por los contratos de NewJeans [Star Issue]

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Kim Nayeon

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Min Hee-jin, exdirectora ejecutiva, entra en el Tribunal Distrital Central de Seúl el día 11, fecha de la audiencia para el litigio sobre la confirmación del rescisión del contrato entre accionistas con HYBE y la solicitud de opciones de venta (put options). /foto=Kim Hwi-seon hwijpg@
Min Hee-jin, exdirectora ejecutiva, entra en el Tribunal Distrital Central de Seúl el día 11, fecha de la audiencia para el litigio sobre la confirmación del rescisión del contrato entre accionistas con HYBE y la solicitud de opciones de venta (put options). /foto=Kim Hwi-seon hwijpg@

El equipo de Min Hee-jin, exdirectora ejecutiva de ADOR, rebatió frontalmente la postura de HYBE en torno al contrato de representación exclusiva del grupo NewJeans.

El día 6, el equipo de la exdirectora ejecutiva Min Hee-jin criticó la aclaración de HYBE sobre el contrato de representación exclusiva de NewJeans, señalando: «Diseñar una estructura en la que el director ejecutivo de una filial no puede aprobar nada si el CEO de HYBE no lo aprueba, y luego crear un objetivo para transferir la responsabilidad y distribuir un comunicado de postura es similar a escupir en su propia cara».

Anteriormente, el periódico estadounidense The New York Times (NYT) informó el día 5 (hora local) que había obtenido y publicado el contrato de representación exclusiva firmado por los miembros de NewJeans con su agencia ADOR en 2022, antes de su debut, cuando tenían entre 14 y 17 años.

El NYT señaló que dicho contrato carecía de las cláusulas que garantizan derechos como la salud, la educación y el sueño de los artistas menores de edad, incluidas en el contrato estándar de representación exclusiva del gobierno, mientras que sí incluía cláusulas que restringen la vida privada y las declaraciones. Además, planteó problemas con las cláusulas que permiten utilizar la imagen y la voz de los artistas incluso después de la finalización del contrato.

En respuesta, HYBE y ADOR emitieron una postura oficial el día 6 para rebatir estas afirmaciones. El lado de ADOR declaró: «Las etiquetas bajo HYBE firman todas las adiciones estándar nacionales para menores con sus respectivos aprendices», y añadió: «La adición incluye todas las cláusulas de protección, como los derechos de la personalidad, el derecho al sueño, el derecho a la educación y el derecho al descanso, y dicha adición es válida hasta que se alcance la mayoría de edad».

A continuación, explicaron: «El contrato de representación exclusiva de NewJeans incluye cláusulas de protección de derechos humanos básicos que abarcan los contenidos garantizados por la adición estándar nacional para menores».

En particular, el lado de HYBE y ADOR enfatizó que Min Hee-jin, exdirectora ejecutiva, fue la parte principal en la firma del contrato de representación exclusiva.

Indicaron: «Nuestra empresa explicó al New York Times, con material de evidencia, que el contrato de NewJeans fue ajustado y firmado finalmente por Min Hee-jin, quien era la directora ejecutiva en ese momento, junto con el subdirector ejecutivo nombrado por Min Hee-jin, cada miembro y sus padres, y los representantes legales de algunos miembros».

También afirmaron: «Solicitamos que el artículo especificara explícitamente que Min Hee-jin era la parte principal del contrato, pero no fue aceptado», y argumentaron: «El contrato y los materiales de litigio, que solo las partes involucradas poseen, están siendo filtrados a medios extranjeros y utilizados como herramienta para atacar al K-pop».

Min Hee-jin, directora ejecutiva de OK Records, habla durante una conferencia de prensa el día 25 en el Kyowon Challenge Hall del distrito Jongno de Seúl, para anunciar los resultados del juicio de primera instancia y los planes futuros. /2026.02.25 /Foto=Kim Hwi-seon hwijpg@
Min Hee-jin, directora ejecutiva de OK Records, habla durante una conferencia de prensa el día 25 en el Kyowon Challenge Hall del distrito Jongno de Seúl, para anunciar los resultados del juicio de primera instancia y los planes futuros. /2026.02.25 /Foto=Kim Hwi-seon hwijpg@

En respuesta a esto, el equipo de la exdirectora ejecutiva Min Hee-jin se lanzó al contraataque, argumentando que HYBE estaba trasladando la responsabilidad a ADOR sin explicar la estructura real de redacción y aprobación del contrato.

El lado de la exdirectora ejecutiva Min señaló: «HYBE afirma que no hay ningún problema con el contenido del contrato de representación exclusiva de NewJeans, pero al mismo tiempo dice que la parte principal de todos estos contratos fue la exdirectora ejecutiva Min Hee-jin», y cuestionó: «Entonces, ¿preguntamos si HYBE publicó un extenso comunicado de aclaración porque quería elogiar a Min Hee-jin?».

A continuación, argumentaron: «Si el contrato realmente no tenía ningún problema, HYBE no solo no tendría razón para emitir un comunicado de postura rebatiendo el artículo del NYT, sino que tampoco tendría motivo para buscar a quién transferir esa responsabilidad».

El lado de la exdirectora ejecutiva Min reveló que en ese momento ADOR no tenía un equipo jurídico independiente, y que el equipo jurídico de HYBE lideró la redacción del borrador y las tareas de modificación del contrato de representación exclusiva de NewJeans.

Explicaron: «ADOR se comunicaba con el lado de los artistas basándose en el contrato escrito por HYBE, y asumía el papel de transmitir las preguntas y solicitudes de modificación de los padres al equipo jurídico de HYBE para coordinar».

También afirmaron: «En la práctica contractual real, no era una estructura donde el contrato se confirmaba solo con la aprobación del director ejecutivo de ADOR», y argumentaron: «Seguían procedimientos de acuerdo y aprobación por parte del equipo jurídico de HYBE, el CFO de HYBE y el CEO de HYBE, y también se requería la aprobación de un consejo de administración compuesto por dos personas del lado de HYBE y una persona como directora ejecutiva de ADOR».

Y enfatizaron: «No era posible proceder con el contrato sin el consentimiento de HYBE. Esto es diferente a simplemente recibir asesoría legal», subrayando que HYBE tenía la autoridad sustancial para redactar y modificar las cláusulas principales del contrato.

El lado de la exdirectora ejecutiva Min también presentó como evidencia el hecho de que, en 2024, la entonces directora ejecutiva Min había solicitado a HYBE la autoridad para firmar contratos importantes.

Indicaron: «El 25 de enero de 2024, la entonces directora ejecutiva de ADOR, Min Hee-jin, solicitó en una reunión con Park Ji-yoon, director ejecutivo de HYBE, la autoridad para firmar contratos importantes, incluido el contrato de representación exclusiva, y el 16 de febrero del mismo año transmitió un proyecto de enmienda al contrato entre accionistas que incluía dicho contenido».

A continuación, contrapreguntaron: «Si ADOR tenía suficiente autoridad para decidir y firmar de manera independiente los contenidos principales del contrato de representación exclusiva, como afirma HYBE, ¿por qué la directora ejecutiva solicitó por separado esa autoridad a la empresa matriz?».

También mencionaron que HYBE había declarado haber rechazado dicha solicitud en ese momento, argumentando que esto era prueba de que existían restricciones a la autoridad de toma de decisiones independiente de ADOR.

También rebatieron la explicación de HYBE sobre la carga de costos para los miembros de NewJeans.

El lado de la exdirectora ejecutiva Min declaró: «ADOR hizo la elección de reducir la carga de los artistas dentro del rango que podía decidir directamente», y añadió: «Cuando los miembros de NewJeans fueron transferidos de Source Music a ADOR, se decidió no hacer que los miembros asumieran los costos relacionados, incluidos los costos generados durante su época de aprendices».

Sin embargo, enfatizaron que la decisión sobre algunas de estas condiciones no significaba tener un derecho de decisión independiente sobre el contrato de representación exclusiva en su totalidad.

En cuanto a las cláusulas sobre el uso de la imagen y la voz de los artistas, señalaron: «El equipo jurídico de HYBE fue quien preparó el borrador en ese momento y lo convenció ante los padres», y añadieron: «El núcleo del problema no es si HYBE tiene planes de abusar de dicho derecho en el futuro, sino quién fue el sujeto que decidió incluir tal derecho en el contrato y qué proceso de aprobación se siguió».

También rebatieron el énfasis de HYBE en que se comunicó con los padres y ajustó la redacción durante aproximadamente 3 meses en el proceso de firma del contrato, afirmando: «El hecho de que los padres hayan acordado y firmado finalmente el contrato es una circunstancia fáctica de la celebración del contrato», pero argumentaron: «Eso por sí solo no termina con la explicación de quién redactó las cláusulas principales del contrato, quién tenía la autoridad de modificación y si dichas cláusulas eran justas».

El lado de la exdirectora ejecutiva Min afirmó que esta controversia también está vinculada a la estructura de operación multietiqueta de HYBE.

Indicaron: «HYBE opera un sistema multietiqueta gestionando centralmente las funciones jurídicas y la información relacionada con los contratos», y añadieron: «La etiqueta se comunicaba con el artista y se convertía en la parte formal del contrato, pero la función de diseñar y revisar la estructura básica del contrato y las condiciones legales principales estaba concentrada en HYBE».

A continuación, señalaron: «Surge un problema estructural donde la autoridad para diseñar y aprobar las cláusulas principales se concentra en la empresa matriz, mientras que la responsabilidad externa por dichas cláusulas se concentra en la etiqueta, que es la parte del contrato».

Finalmente, el lado de la exdirectora ejecutiva Min enfatizó: «La explicación necesaria ahora no es quién firmó el contrato, sino quién pudo realmente crear y modificar las cláusulas principales del contrato», y añadieron: «Ese es el hecho más importante que falta en la aclaración de HYBE».

Y criticaron con dureza: «Diseñar una estructura en la que el director ejecutivo de una filial no puede aprobar nada si el CEO de HYBE no lo aprueba, y luego crear un objetivo para transferir la responsabilidad y distribuir un comunicado de postura es similar a escupir en su propia cara».

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